El Registro de Franquiciadores ha suprimido las obligaciones de comunicación de datos que tenían las centrales franquiciadoras.
Tras un período en el que ha sufrido problemas técnicos, y durante el cual era imposible la inscripción y actualización de datos en el mismo, el Registro de Franquiciadores ha comunicado la decisión adoptada de suprimir las obligaciones de comunicación de datos que hasta la fecha tenían las franquicias en España.
En la página web del Ministerio de Economía y Empresa, correspondiente a la Secretaría de Estado de Comercio, se anuncia su suspensión definitiva:
“Tras la suspensión de la actividad del Registro de Franquiciadores por problemas técnicos y revisando el papel de los Registros en la actualidad, el Ministerio de Economía Industria y Competitividad como titular de la competencia en esta materia, ha adoptado la decisión de suprimir las obligaciones de comunicación de datos a los Registros de Empresas de Ventas a Distancia y de Franquiciadores recogidas en los artículos 38 y 62 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y consecuentemente suprimir los citados registros. Mientras se producen las reformas normativas oportunas, las citadas obligaciones y consecuentemente la actividad registral permanecerán indefinidamente suspendidas. Esta medida se adopta con la intención de apoyar a las empresas de ambos sectores y suprimir el mayor número posible de trabas en el desarrollo de la actividad comercial.”